Si en algún momento entre abril y junio de 2026 hiciste la Declaración de la Renta y se te olvidó meter tus operaciones con criptomonedas, respira. No es tarde, y en un momento te contamos exactamente qué hacer.
Y si todavía no has hecho nada porque no tenías ni idea de por dónde empezar, mejor todavía: vas a entender de una vez cómo funciona esto sin tecnicismos.
Vamos a ver cómo tributan las criptomonedas en España, qué modelos existen, qué ha cambiado con la nueva normativa europea y cómo evitar líos con Hacienda.
📌 Qué vas a encontrar en esta guía:
- Si tienes que declarar tus criptomonedas o no (y a partir de qué cantidad)
- Cómo tributan exactamente: tramos de IRPF actualizados
- Los modelos 721, 172 y 173 explicados sin rollo
- Qué cambia con DAC8 y MiCA: cómo sabe Hacienda que tienes cripto
- Cómo declarar si operas en Binance
- Cómo simplificar todo esto con una herramienta como CoinTracking
- Qué hacer si se te pasó el plazo de la Renta 2025
- Multas y errores más comunes
Antes de entrar en materia: dónde tengas tus criptomonedas cambia cómo se entera Hacienda. Estas son las opciones más habituales, extranjeras y españolas:
🌍 Kraken
Exchange extranjero de referencia por seguridad. Si tu saldo aquí supera los 50.000€ a 31 de diciembre, te toca presentar el modelo 721.
🌍 Coinbase
Otro exchange extranjero, ideal si es tu primera vez. Mismo caso: superado el umbral de 50.000€, el 721 es cosa tuya.
🇪🇸 Bit2Me
Exchange español regulado por el Banco de España. Aquí es la propia plataforma la que informa a Hacienda por ti (modelos 172 y 173).
Comparativa completa con más opciones en nuestra guía de exchanges.
¿Tienes que declarar tus criptomonedas? Casos claros, sin líos
Esta es la pregunta que más dudas genera, y la respuesta corta es: depende de qué hayas hecho con ellas, no de cuántas tengas.
✅ Sí, tienes que declarar si…
- Vendiste criptomonedas y obtuviste ganancia (o pérdida)
- Pagaste bienes o servicios con cripto (Hacienda lo trata como si hubieras vendido)
- Hiciste staking, lending, yield farming o minería
- Cambiaste una cripto por otra (sí, eso también cuenta como operación)
- Tienes cripto en un exchange extranjero y el saldo a 31 de diciembre supera los 50.000€
🙅 No hace falta si…
- Solo compraste y las mantienes sin vender ni intercambiar (esto se conoce como HODL)
- Tu única relación con cripto es asesorar sobre ellas, no operarlas tú
- Gestionas cobros y pagos en euros sin hacer cambio de divisa entre cripto y fiat
El matiz del extranjero importa más de lo que parece: si tu cripto está en Coinbase o Kraken, técnicamente está en un exchange no español, así que si tu saldo total ahí supera los 50.000€ a 31 de diciembre, tienes que informarlo aunque no hayas vendido nada. Si operas en Bit2Me (exchange español), ese umbral concreto no aplica de la misma forma porque no es «extranjero».
Cómo tributan las criptomonedas en España: los tramos actualizados
Vamos con lo que de verdad quieres saber: cuánto se paga. Y aquí va la buena noticia antes de los números: no tributa todo lo que vendes, solo la diferencia entre lo que pagaste y lo que has ganado. Es exactamente igual que si vendieras acciones o un cuadro que compraste hace años: lo que tributa es la plusvalía, no el total de la operación.
Esto se conoce como ganancia patrimonial, y en España se integra dentro de la base del ahorro del IRPF, con estos tramos:
| Ganancia | Tipo aplicado |
|---|---|
| Hasta 6.000€ | 19% |
| De 6.001€ a 50.000€ | 21% |
| De 50.001€ a 200.000€ | 23% |
| De 200.001€ a 300.000€ | 27% |
| Más de 300.000€ | 30% |
Ojo, cada tramo se aplica de forma progresiva, solo a la parte de ganancia que cae dentro de ese tramo, no a todo el importe de golpe.
El staking tributa aparte
Las recompensas de staking no son una ganancia patrimonial, son rendimientos de capital mobiliario. Se valoran al precio de mercado en el momento en que las recibes y tributan con estos mismos tramos, pero en una casilla distinta del formulario.
¿Y si tuviste pérdidas?
Las pérdidas se compensan primero con ganancias del mismo año. Si te sobra pérdida, puedes compensar hasta un 25% con rendimientos como el staking, y lo que quede, arrastrarlo hasta 4 años más.
Los modelos 721, 172 y 173: quién los presenta y para qué sirven
Estos tres números aparecen en todas partes cuando buscas esto, y suelen liar más que ayudar. Vamos a aclararlo rápido: de los tres, solo uno lo presentas tú. Los otros dos los presenta la plataforma donde operas, sin que tengas que hacer nada.
Modelo 721
👉 Este sí lo presentas tú
Informa sobre tus criptomonedas en el extranjero. Solo obligatorio si el saldo total a 31 de diciembre supera los 50.000€. Se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente.
Modelo 172
🏦 Lo presenta la plataforma
Informa del saldo de criptomonedas que tienes guardado en un exchange con residencia fiscal en España. Es la propia empresa la que reporta, no tú.
Modelo 173
🏦 Lo presenta la plataforma
Informa del detalle de las operaciones (compras, ventas, intercambios) realizadas en un exchange español. Igual que el 172, lo reporta la empresa.
DAC8 y MiCA en 2026: así es como Hacienda se entera de que tienes cripto
Esto ya pasa con las cuentas bancarias en el extranjero desde hace años: si tienes dinero en un banco de otro país europeo, ese banco informa automáticamente a la agencia tributaria de tu país de residencia, sin que tú tengas que hacer nada. Pues bien, en 2026 lo mismo ha empezado a pasar con las criptomonedas.
Antes de 2026
Hacienda ya tenía formas de enterarse: los exchanges españoles (como Bit2Me) reportaban vía modelos 172 y 173, y las transferencias entre tu banco y un exchange dejaban rastro igualmente.
2026: entra en juego DAC8
Los exchanges que operan en la UE (Kraken, Coinbase, Binance incluidos) empiezan a reportar automáticamente tus operaciones y saldos a la autoridad fiscal de su país, que a su vez lo comparte con España si eres residente aquí. Ya no importa si el exchange es español o no.
Enero de 2027: empieza el cruce de datos
La Agencia Tributaria empezará a cruzar los datos de tus operaciones de 2026 con lo que hayas declarado. Si no coincide, es cuando llegan las cartas.
A esto se suma que desde el 1 de julio de 2026 la regulación MiCA se aplica de forma plena en toda la UE: los exchanges necesitan licencia para operar legalmente, lo que en la práctica significa plataformas más reguladas, más vigiladas y con más obligación de reportar bien. DAC8 no sustituye a los modelos 721, 172 y 173 que ya viste, convive con ellos.
Binance en 2026: lo que ha cambiado (y cómo declarar lo que tienes ahí)
Si buscas «Binance Tax» o «cómo declarar Binance en la renta» y te sale esta guía, hay una noticia que probablemente no conoces todavía y que cambia la respuesta.
Esto no significa que tu obligación de declarar desaparezca. Si operaste, vendiste o hiciste staking en Binance durante 2026 antes de este cambio, esas operaciones siguen contando para tu próxima declaración exactamente igual.
Lo que sí ha cambiado es la herramienta que mucha gente usaba para sacar sus cuentas: Binance Tax ya no está disponible para residentes en España. El sustituto no es otra herramienta mágica de Binance, es tu historial de transacciones exportado en CSV o XLSX, sin calcular ni ordenar.
Se te pasó el plazo de la Renta 2025: qué hacer ahora
La campaña de la Renta 2025 cerró el 30 de junio de 2026. Si estás leyendo esto en agosto y te acabas de dar cuenta de que se te olvidó meter tus ganancias con cripto, la buena noticia es que todavía puedes arreglarlo tú antes de que Hacienda te lo reclame, y eso marca una diferencia enorme en lo que vas a pagar de más.
La herramienta se llama declaración complementaria: básicamente vuelves a presentar tu Renta 2025, corrigiendo lo que falta, sin esperar a que te llegue una carta.
| Cuándo la presentas | Recargo |
|---|---|
| Dentro del primer mes de retraso | 1% |
| Cada mes completo adicional | +1% (hasta un máximo del 12%) |
| Pasados 12 meses desde el fin de plazo | 15% fijo + intereses de demora |
Estando en agosto, todavía te mueves en los recargos más bajos de la tabla. Y lo más importante: al hacerlo tú, por tu cuenta y antes de que te lo pidan, te libras de la sanción propiamente dicha, que puede llegar a ser mucho más cara.
Las multas por no declarar: así de rápido escala la cosa
Aquí es donde se nota la diferencia entre moverte tú antes o esperar a que se mueva Hacienda. No es lo mismo ni de lejos, mira:
🐌 Te retrasas pero te adelantas tú
Presentas una complementaria por tu cuenta antes de que te reclamen nada: recargo del 1% al 12% según lo tarde que vayas. Es lo que vimos en la sección anterior.
📬 No presentas el Modelo 721 y te lo reclaman
Si tenías más de 50.000€ en un exchange extranjero y no lo informaste, la multa fija es de 300€ (150€ si lo presentaste pero mal), más 20€ por cada dato omitido o erróneo.
🚨 Hacienda descubre ganancias que no declaraste
Aquí ya no hablamos de un recargo, sino de una sanción de entre el 50% y el 150% de lo que dejaste de pagar (no del total que ganaste, de la cuota que le debías a Hacienda). La diferencia con el escalón 1 es brutal por el simple hecho de no haberte adelantado.
⚖️ Fraude superior a 120.000€
A partir de aquí deja de ser un tema administrativo: puede constituir delito fiscal. Un escenario totalmente distinto al de alguien que simplemente se le pasó un plazo.
Errores comunes que vemos una y otra vez
Para cerrar, un repaso rápido de los fallos más habituales que solemos ver, muchos ya los hemos tocado, pero conviene tenerlos todos juntos:
- Pensar que si no pasas a euros, no hay nada que declarar. Cambiar una cripto por otra ya es una operación que tributa, aunque el dinero nunca toque tu cuenta bancaria.
- Olvidar el staking porque «no lo has vendido». Las recompensas tributan en el momento en que las recibes, no cuando las vendes.
- Creer que operar en un exchange extranjero te da anonimato. Con DAC8 ya no hay diferencia real entre un exchange español o europeo a efectos de que Hacienda se entere.
- No compensar las pérdidas que sí tienes derecho a compensar. Mucha gente paga de más simplemente por no aplicarlas.
- Confundir el Modelo 721 con «ya está todo declarado». Es informativo, no sustituye a declarar tus ganancias en el IRPF.
- Dejarlo todo para el último momento. Reconstruir un año entero de operaciones en dos días es la forma más segura de cometer errores.
Preguntas frecuentes sobre declarar criptomonedas en España
He comprado criptomonedas pero no he vendido ninguna. ¿Tengo que declarar algo?
No. Mientras no vendas, cambies por otra cripto, cobres staking o pagues con ellas, no hay ningún hecho que declarar en el IRPF.
Tengo cientos de operaciones distintas, ¿tengo que detallarlas todas?
Sí, aunque puedes agruparlas por criptomoneda y tipo de operación. Con un volumen así, calcularlo a mano es un error casi garantizado; una herramienta como CoinTracking te lo agrupa y calcula automáticamente.
¿Existe una cantidad mínima a partir de la cual no hace falta declarar la ganancia?
No existe una cantidad exenta para las ganancias con criptomonedas: cualquier beneficio, por pequeño que sea, se declara. Sí hay umbrales generales que determinan si estás obligado a presentar la Renta según el conjunto de tus rentas, pero para tu caso concreto lo mejor es consultarlo con un asesor fiscal.
¿Qué pasa si tuve pérdidas en vez de ganancias?
Se compensan primero con ganancias patrimoniales del mismo año. Si sobra pérdida, puedes compensar hasta un 25% con rendimientos como el staking, y arrastrar el resto hasta 4 años más.
Tenía criptomonedas en Binance, ¿qué hago ahora que ya no opera en España?
Las operaciones que realizaste mientras Binance sí operaba siguen contando igual para tu declaración. Exporta tu historial en CSV desde tu cuenta e impórtalo en una herramienta como CoinTracking para calcular tus plusvalías, ya que Binance Tax dejó de estar disponible en España.
¿Qué es exactamente DAC8 y en qué me afecta?
Es la normativa europea que obliga a los exchanges que operan en la UE a reportar automáticamente tus operaciones y saldos a la autoridad fiscal de tu país de residencia. En la práctica, significa que ya no importa si tu exchange es español o extranjero: la información llega igual.
Se me pasó el plazo de la Renta 2025, ¿todavía puedo arreglarlo?
Sí, mediante una declaración complementaria. Cuanto antes la presentes, menor será el recargo (entre el 1% y el 12% durante los primeros 12 meses), y evitas la sanción mucho más alta que te correspondería si Hacienda lo detecta primero.
¿Cómo sabe Hacienda que tengo criptomonedas si no he retirado nada a mi banco?
A través de varias vías: los exchanges españoles reportan directamente (modelos 172 y 173), los exchanges europeos lo hacen desde 2026 vía DAC8, y cualquier transferencia bancaria hacia o desde un exchange deja rastro igualmente.



17 respuestas
Buenas, hace tiempo compre una serie de criptomonedas y fui envuelto en una estafa que me comí con patatas, compre usdt y los iba metiendo en diferentes wallets. Ese tema como sería para declararlo. Cabe destacar que la wallet está en 0 y no recibí ningún importe ni ganancia.
Hola.
Soy de los que compró por curiosidad. En 2021 compre DOGE ,SHIBA,RIPPLE (en pequeñas cantidades) y alguna mas deficitaria.Aún están en Binance y en algún caso han subido un poco el valor (DOGE y SHIBA) ,el resto han bajado su valor..¿Esto tengo que declararlo?
Muchas gracias. Estoy hecho un lío.
Buenos días Sergio. Tus criptomonedas siguen en el exchange, en ese caso no tienes que declararlas.
¡Saludos!
¿y como se declaran los movimientos en futuros de criptomonedas con USDT? ¿es lo mismo que si fueran en euros pero pasando el valor del USDT a €?
y los USDT que has comprado se declararian como compra de cripto normal pero al perder/ganar con los futuros ya habrías quemado los primeros que compraste por el metodo FIFO ¿no?
Hola, en el pasado he comprado la criptomoneda ADA de Cardano en diferentes Exchange. Pasé todas las monedas a la propia Wallet (Yoroi) de Cardano y a través de esta inicié el staking. Cada cinco días me dan un rendimiento en especie de monedas ADA’s. Todas mis monedas siguen en la Wallet. Ahora mi pregunta:
Las monedas que percibo por hacer staking las tengo que declarar aunque no las venda y siga acumulando¿?
Gracias por tu respuesta
Buenas Pepe,
Por ahora mientras no vendas, no tienes por qué declarar. Aún así te recomiendo siempre comentarlo con expertos en fiscalidad.
¡Saludos!
Buenos días Pepe; en principio ya este año para la declaración existe una casilla para Staking y tienes que informar de ello, aunque no lo vendas y sigas acumulando. De todas formas, nosotros no somos asesores fiscales, y siempre os recomendamos que busquéis asesoramiento profesional para no tener ninguna duda.
Compré hace años, pero sigo teniéndolo en Binance, a día de hoy (Abril 2024) tengo ganancias (no sé por cuanto, si 500 €, 700, 1000 € o por ahí, ni me acuerdo cuanto invertí), he realizado staking, algún Launchpad y algún intercambio de monedas a USDT para luego comprar otras, pero venta como tal para volver mi banco no. ¿Cómo sé lo que tengo que declarar?
Hola Sergio, hay que declarar cuando pasas los dólares (o euros), es decir, a la cuenta corriente.
Mientras no lo envíes al banco, no hay problema (en principio).
Espero haberte ayudado.
En la declaración de la renta 2024.el staking en qué casilla se introduce?
Para declarar Staking deberemos de incluirlo dentro de la casilla 33, en la que se encuentra «Rendimientos de rentas que tengan por causa la imposición de capital y otros rendimientos de capital mobiliario.» No hay una casilla específica por ahora.
Buenas,
Si soy un estudiante que no tiene otros ingresos, y retiro menos de mil euros desde Binance, tendría que declarar?
Un saludo y gracias de antemano.
Hola Jorge, siempre que haya una ganancia hay que declararlo ante Hacienda.
Un saludo.
En ese caso Antonio, pienso que no tendrás problema, pues todavía no se encuentran en tu poder, sino en la cuenta del exchange. Son ellos quien tienen el control de tus criptos a no ser que los pases a una cold wallet
Hola buenas si realice una venta de criptomonedas y las dejé en el exchange cuando habría que declararlas?Al realizar la venta y dejar el dinero en el exchange o al pasar ese dinero a mí cuenta bancaria?
Buenas Salvador. Efectivamente, cada vez que trasladas el dinero a tu cuenta corriente tienes que declararlo (la cantidad que hayas sacado). Tal y como sucede con las acciones.
Si lo tienes almacenado en una wallet, no lo tienes que declarar mientras no lo saques. Si optas por esta opción, te recomiendo que lo almacenes en una wallet segura y offline a largo plazo como Material Bitcoin (yo uso esta misma).
Hola buenas.
Desde hace 4 años he ido comprando Bitcoin en compras de 25 o 50 euros acumulando.
Ahora tengo aproximadamente 800 euros.
Ahora mismo no tengo disponibles todas las compras y tendría un beneficio de 300 euros.
¿Si saco los 800 euros tengo que declarar¿?
¿Si llegase a los 1300? Y los saco los tendría que declarar?
¿Tengo que informar de todas las compras que hice o solo del dinero retirado?
Gracias por tu respuesta.